influencer | Advocare Abogados

Ley Influencer, profesionalización

Las redes sociales y los distintos medios digitales se han convertido en una fantástica plataforma de promoción para las empresas. Estas marcas, además de usar sus perfiles para promocionar su producto o servicio, recurren en muchas ocasiones a un personaje conocido (influencer) para que les ayuden en su difusión.

Ser influencer ya es una nueva ocupación profesional, aunque aún tiene muchos aspectos y vacíos legales por resolver. La propuesta de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia quiere regular estas actividades en el marco de la comunicación audiovisual.

Si bien, en un inicio, eran creadores de contenido amateurs, con los años su actividad se ha profesionalizado y por ello la nueva ley quiere regular el contenido, y la publicidad que difunden a través de redes sociales. Quedando así sujetos todos aquellos profesionales que dirigen sus servicios a España, con independencia de que tengan fijada su residencia en el país o en otro Estado de la Unión Europea.

Nos encontramos ante una reforma legislativa de muchísima importancia para el mundo publicitario. Es indiscutible la repercusión que tienen en la actualidad un referente o influencer de este tipo. Y también es cierto que, hasta ahora, disponían de bastante libertad a la hora de realizar su labor, al no estar su actividad profesional sometida a ningún control específico. Es por eso que entra en vigor la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual, que así se llama la conocida como «Ley Influencer».

Nueva regulación para el influencer

La nueva ley introduce un régimen sancionador, con una clara tipificación de infracciones leves, graves o muy graves.

  • Infracciones muy graves: La sanción puede ser de hasta 1,5 millones de euros y se darán por la emisión Así, tendrán consideración de muy graves con multas de hasta 1.500.000 euros (pudiendo llevar aparejada la pérdida de la licencia para prestar el servicio de comunicación audiovisual) la emisión de contenidos que de forma manifiesta inciten a la violencia, atenten contra la dignidad humana, favorezcan situaciones de discriminación de cualquier tipo o fomenten delitos de odio, violencia de genero o sexual. Comportamientos nocivos para la seguridad o la protección del medioambiente.
  • Infracciones graves: Pueden acarrear multas de hasta 750.000€ y están tipificadas como graves la emisión de contenido relacionado con juegos de azar, apuestas, esoterismo y paraciencias, así como publicidad encubierta y subliminal.
  • Infracciones leves: Quedan como sanciones leves todo el resto de incumplimientos de la Ley del Influencer y su multa puede ser de hasta 250.000€.

Todas estas normativas que incluyen la nueva Ley Audiovisual reforzarán el marco normativo que nuestro ordenamiento jurídico posee actualmente. Hay que recordar que en 2021 entró en vigor el Código de Conducta sobre el Uso de Influencers en Publicidad. Un código que no es vinculante pero cuya no adhesión puede tener un impacto muy negativo en la reputación de una empresa.

Es decir, hasta ahora no existía una ley como tal que regulara la actividad de los influencers, eso es lo que se cambia con esta norma. Pero las buenas prácticas publicitarias y la publicidad en sí si están reguladas en nuestro ordenamiento jurídico.

– La publicidad encubierta constituye un supuesto específico de publicidad engañosa objeto de una tipificación múltiple en la Ley de Competencia Desleal.

– La no identificación de contenido con fin publicitario puede interpretarse como publicidad ilícita en aplicación de la Ley General de Publicidad.

Para cualquier duda sobre la nueva Ley Audiovisual o cualquier otra consulta, ponte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderte.

Caso Djokovic

Caso Djokovic. Aspectos legales.

El pasado domingo 16 de enero, tres jueces federales australianos, convocados de urgencia en Melbourne, tomaron una decisión: expulsar del país al tenista serbio Novak Djokovic. Así finalizaba el llamado ‘Caso Djokovic’, un auténtico drama marcado por la sospecha, mentiras y las informaciones inconexas. Una historia que ha dado la vuelta al mundo y de la que queremos rescatar la parte legal de la misma.

¿Cómo empezó todo?

El Caso Djokovic, aunque se hace público en enero de este año empieza a gestarse dos meses antes. Las autoridades del estado de Victoria, donde se celebra el Open de Australia de tenis, anunciaron la obligatoriedad de la vacuna contra el Covid-19 y así se le comunicó a los jugadores. El tenista serbio nunca reveló si se había vacunado o no.

Tennis Australia pone sobre la mesa la posibilidad de exenciones médicas paralelas a la vacunación en el mes de noviembre. Aunque el Departamento de Salud Federal comunica a la empresa que no se encargará de las exenciones médicas de los jugadores, sino que “los certificados se revisarán en el check-in”.

Lisa Schofield, subsecretaria del Departamento de Salud, señala que las personas que hayan pasado el Covid-19 pero no tengan ninguna dosis de la vacuna no será aprobada su entrada en el país.

Cambio de políticas del Estado de Victoria

Desde Tennis Australia, en negociación con los gobiernos locales, llegaron las primeras propuestas para flexibilizar los requisitos. En apenas una semana se cambian las normas para conseguir que el tenista serbio dispute el torneo.

El 29 de noviembre Tennis Australia recibe la información de que el servicio de aduanas australiano exigirá una prueba de haber recibido la pauta completa de la vacuna para poder entrar en el país. Sin embargo, el 2 de diciembre, Brett Sutton confirma que “cualquier persona con un historial de infección reciente de Covid-19, durante los seis meses previos, y con un documento oficial que lo confirme, estaría exenta de las obligaciones de vacunación para poder entrar en el país”.

Contagio de Novak Djokovic

Comienza el Caso Djokovic. El tenista serbio informa de un positivo en una prueba PCR. Tennis Australia confirma que Novak Djokovic cuenta con una exención médica que no le obliga a tener que vacunarse. El jugador hace una aparición pública en Marbella, entrenando el día 31 de diciembre. Ésta será fundamental, a la postre, para su salida del país.

El día 4 publica una foto con la exención médica que, teóricamente, le permitía entrar al país sorteando los 14 días de cuarentena que Australia impone a cualquier viajero sin vacunar.

Al llegar el día 5 a Melbourne es retenido en el aeropuerto. Los agentes de inmigración interpretan que hay irregularidades en esta exención médica por lo que le retiran el visado y es recluido en un hotel para inmigrantes. El lunes 10, el juez Anthony Kelly otorga al serbio un aval judicial para poder jugar el Open de Australia, al tiempo que ordena su liberación. El magistrado argumenta que los agentes de inmigración del aeropuerto no le dieron tiempo suficiente a Djokovic para poder demostrar la validez de esa exención.

Último giro al Caso Djokovic

Desde el mismo momento de su liberación, el caso Djokovic vuelve a dar un giro. A raíz de varias informaciones que debilitan la postura del jugador.

Se publica que se reunió con el periodista francés Franck Ramella el 18 de diciembre en Serbia, tras dar positivo por coronavirus. En lugar de aislarse y guardar la preceptiva cuarentena. Ramella escribió en su periódico, L’Equipe, que Djokovic no mencionó su prueba positiva durante su reunión en Belgrado.

Djokovic también afirma en estos días que su agente completó incorrectamente sus documentos de llegada a Australia. Al parecer, marcando una casilla que indicaba que Djokovic no había viajado internacionalmente en los 14 días antes de su llegada a Australia cuando si había estado en España y Serbia.

El ministro de Inmigración Alex Hawke vuelve a retirarle el visado el pasado día 14 de enero. Tras cinco horas de juicio, el Tribunal Federal de Australia decidió de forma unánime cancelar definitivamente el visado del tenista.

El caso Djokovic ha tenido derivadas médicas, filosóficas, políticas y diplomáticas.

Advocare Abogados te desea felices fiestas

[et_pb_section fb_built=»1″ _builder_version=»3.22″ global_colors_info=»{}»][et_pb_row _builder_version=»3.25″ background_size=»initial» background_position=»top_left» background_repeat=»repeat» global_colors_info=»{}»][et_pb_column type=»4_4″ _builder_version=»3.25″ custom_padding=»|||» global_colors_info=»{}» custom_padding__hover=»|||»][et_pb_text _builder_version=»3.27.4″ background_size=»initial» background_position=»top_left» background_repeat=»repeat» global_colors_info=»{}»]
El equipo de Advocare Abogados os desea felices fiestas

 

El año 2021 se acaba y es momento de reflexionar y hacer valoraciones. Segundo año de incertidumbre debido a la pandemia en muchos terrenos de nuestra vida, tanto personal como profesional. 

En Advocare Abogados seguimos al lado de nuestros clientes, proporcionando el mejor asesoramiento legal en esta época post covid19.

Sea cual sea la materia en la que necesitas la ayuda de profesionales, puedes contar con nosotros. Somos especialistas en ámbitos como el derecho laboral, mercantil, familiar y civil entre otros.

En 2022 nuestro objetivo sigue siendo el de aportar paz y tranquilidad a tus días. Por ello trabajamos día a día, para que tengas la seguridad y la confianza de contar con los mejores profesionales de tu lado.

En este nuevo año que empieza, deja que Advocare Abogados te acompañe en tu camino. Siempre a tu lado para poder echarte una mano cuando lo necesites.

 ¡Os deseamos una Feliz Navidad y un próspero 2022!

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]

¿Qué hacer si has sido victima de un phishing?

El phising se incrementó el año pasado en casi un 20% con respecto a años anteriores. De entre todas las modalidades de ciberdelincuencia, el phising se destaca como el principal exponente.

¿Qué es el phishing?

Phishing es la denominación que recibe la estafa cometida a través de medios telemáticos mediante la cual el estafador o phisher intenta conseguir información confidencial de forma fraudulenta.

Este estafador suplanta la personalidad de una persona o empresa para que el receptor de una comunicación electrónica crea en su veracidad y facilite, de este modo, los datos privados (contraseñas, datos bancarios, etc.) que resultan de interés para el estafador.

Calificación jurídica del phishing

Aunque existen varias modalidades, el phishing tradicional es aquel en el que se utiliza la imagen corporativa de una entidad bancaria o de una institución. Se solicita a la víctima por medio de correo electrónico que envíe a una dirección de correo que simula ser de tal entidad, los datos bancarios requeridos.

Ya hay nuevos tipos de phishing, algo más elaborados en los que el sujeto ni siquiera sabe que está enviando las claves. Son aquellos en los que el correo electrónico enviado lleva un archivo que utiliza, o bien spyware, para localizar los datos bancarios, o bien malware para lograr un acceso ilícito y descubrir los datos queridos.

Se ha tratado de encuadrar estas modalidades de phishing, bien en la estafa común o bien en la estafa informática.

La dinámica de este delito no concuerda con la estafa común. Esto es porque para que se dé tal tipo penal, es necesario que sea el sujeto engañado el que realice el acto de disposición patrimonial en perjuicio propio o de tercero. En el phishing es el defraudador el que transfiere el dinero ajeno en su propio favor o el de un tercero, y no el engañado el que lo hace. Sí cabe el «phishing» en el tipo penal de la estafa informática.

Contacta con un abogado experto en delitos cibernéticos

Si caemos en un delito de phishing hay una serie de sencillos pasos que debemos llevar a cabo: 

  1. Contactar con el banco para paralizar la transferencia, bloquear la cuenta bancaria y/o bloquear la tarjeta bancaria afectada. 
  2. Cambiar las contraseñas de acceso que hayan podido comprometerse. 
  3. Hacer una copia de todas las evidencias que puedan servir como prueba en un futuro procedimiento judicial.
  4. Acudir a la policía o al juzgado para denunciar los hechos.

Y durante este proceso, es importante ponerse en manos de un abogado especializado en ciberseguridad, que se encargue de asesorarte en todas las acciones a llevar a cabo. 

Aquí, en Advocare Abogados, os ofrecemos profesionales de confianza que os asesorarán en esos momentos complejos, y nos comprometemos a defenderte y asesorarte con toda la justicia que exige la ley.

Cártel de coches | Advocare Abogados

Guía para afectados por el Cártel de Coches

¿Qué es el «Cártel de coches»?

En 2013, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) concluyó que hasta 23 marcas de coches habían constituido un cártel de coches. Implementando y ejecutando una serie de tácticas ilegales y anticompetitivas consistentes en encarecer el precio final de las ventas en una horquilla del 10% al 15%.

La CNMC les impuso en 2015 una serie de multas que llegaban hasta los 141 millones de euros. Con la confirmación de estas multas por parte del Tribunal Supremo, se abre la puerta a que las personas que compraron sus vehículos entre febrero de 2006 y agosto de 2013 puedan reclamar indemnizaciones.

¿Ha adquirido un automóvil entre los años 2006 y 2013?

Tanto la CNMC como la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo ya se han pronunciado al respecto, declarando la improcedencia de tales prácticas, y dando, por tanto, la razón al consumidor.

Si usted está afectado por el cártel de coches, puede recuperar hasta un 15% del precio que pagó por su vehículo. Puede tener derecho a una indemnización tanto si es usted un particular, como si se trata de una empresa.

Son más de 10 millones los consumidores afectados por las prácticas anticompetitivas, llevadas a cabo por multitud de concesionarios y fabricantes de automóviles que operan en España, más del 90% de marcas.

¿Puedo reclamar una indemnización por el cártel de coches?

Ya existen sanciones confirmadas por la Sala Tercera del Tribunal Supremo:

  • BMW IBÉRICA, S.A.U: Multa confirmada de 8.031.780 euros por participar en el cártel de coches. Sentencia  759/2021, con ponencia del magistrado David Córdoba.
  • CITROEN y PEUGEOT ESPAÑA S.A.: Sanción de 15.722.642 euros por participar en el cártel de coches. Sentencia 20/4/2021  y 531/2021 con ponencia de la magistrada María Isabel Perelló.
  • General Motors SLU: multa de 22.827.759 euros. Sentencia 1205/2021, 5 de octubre, con ponencia de Eduardo Espín.

Si usted compró un vehículo de las siguientes marcas (Citroen, Mitsubishi, BMW, Cheverolet, Chrysler, Jeep, Dodge, Fiat, Alfa Romeo, Lancia, Ford, Opel, Honda, Hyundai, KIA, Mercedes Benz, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Lexus, Toyota, Audi, Skoda, VW, Saab y Volvo) puede estar afectado.

Póngase en contacto con nosotros para conocer si se encuentra afectado por el cártel de coches. En Advocare Abogados le ayudaremos a saber si su vehículo está entre las marcas afectadas, y si tiene derecho a reclamar una indemnización económica acorde al daño y perjuicio percibido.

Analizamos las claves de la Futura Ley de la Vivienda

El pasado 5 de octubre de 2021, el Gobierno anunció el proyecto de una nueva ley de vivienda a nivel estatal. Según el ejecutivo “va a producirse una reserva de todas las nuevas promociones del 30% para vivienda protegida y de ese 30%, la mitad va a ser para alquiler social; es decir, que, en toda la nueva construcción, ya sea pública o privada, se va a tener que reservar un 30% para vivienda protegida”.

Además, el Consejo de Ministros aprobó el 5 de octubre un RD Ley, incluidos en los fondos europeos, para regular los programas de rehabilitación de residencias y construcción de vivienda social, para el que se destinarán 4.420 millones de euros. Entre otras medidas, se construirán 20.000 nuevas viviendas destinadas a alquiler social.

Puntos importantes de la Ley de la Vivienda 

Los puntos candentes de esta futura ley son los siguientes:

  1. El 30% de las nuevas promociones de vivienda se destinarán a vivienda protegida.
  2. Asignar una regulación en los precios de alquiler establecida por ley para las zonas tensionadas.
  3. Definir al “Gran tenedor de vivienda”. Según el proyecto, éstos serían los propietarios que tuvieran más de 10 viviendas.
  4. Un impuesto a la vivienda vacía a través de un recargo del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) de hasta el 150%.
  5. Propuesta de una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles.
  6. Facilitar un bono de 250 euros para fomentar la emancipación de los jóvenes de entre 18 y 35 años. Dicha medida estaría incluida en los Presupuestos Generales del Estado de 2022 y no en la futura ley de la vivienda.

Dichas personas deben disponer de unas rentas en cada ejercicio por debajo de los 23.725 euros, que son tres veces el IPREM. Este bono anual de 3.000 euros se podrá recibir durante dos ejercicios.

Puesta en marcha

La nueva ley de la vivienda incluirá la regulación el precio del alquiler para las personas jurídicas que sean grandes tenedores. Como hemos dicho antes, serán aquellos que cuenten con más de 10 viviendas en posesión. Deberán, por ley, descender los precios de los alquileres en base al índice de referencia para todos los contratos en las zonas de mercado tensionadas. La norma considera como tales aquellas áreas, distritos, barrios o ciudades en la que los precios medios del alquiler han crecido en los últimos cinco años más de cinco puntos por encima de lo que lo ha hecho el IPC. Además, el importe de media de la renta debe ser más del 30% de la media de ingresos por hogar o familia.

Las viviendas deshabitadas podrían estar sujetas, ya tengan de propietaria a una persona física o jurídica con más de cuatro inmuebles, a un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de hasta el 150%. Dicho impuesto lo podrán aplicar los ayuntamientos.

Otro de los puntos importantes de la Ley de Vivienda, tal y como hemos comentado al principio de este artículo, va a ser los cambios en la fiscalidad. Se propone una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través del cambio de la actual reducción del 60% en el rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual.

Para ello, el proyecto de ley propone disponer, en los nuevos contratos de arrendamiento, un porcentaje de reducción general del 50%. Este porcentaje se podrá ir modificando en función de una serie de parámetros, como son el alquiler de viviendas protegidas, que tendrán una reducción adicional del 10%; alquiler de viviendas recientemente rehabilitadas, también un 10% o alquiler de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años, un 20% de reducción.

La nueva Ley para el apoyo de las personas con discapacidad

Aprovechando que el pasado día 9 de septiembre de 2021 entró en vigor la nueva ley 8/2021, por la que se procede a la reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo de las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, procedemos a explicar brevemente en que consisten tales cambios legislativos y que supone la entrada en vigor de esta norma.

Esta ley, que fue publicada el día 3 de junio en el BOE, modifica muchas otras leyes del ordenamiento jurídico civil (Código Civil, Ley del Notariado, Ley Hipotecaria, Ley de Registro Civil, la Ley de Jurisdicción Voluntaria y el Código de Comercio), así como la ley procesal civil, e incluso algunos artículos del Código Penal.

Las reformas vienen motivadas en gran parte por la necesidad de adaptación de la legislación española a los tratados y convenciones internacionales sobre los derechos de la personas con discapacidad (como gran ejemplo, la Convención de Nueva York de diciembre de 2006), que proclama el principio de “igualdad” en capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

Reforma del Código Civil, modificaciones de gran calado y el respeto a la voluntad de las personas con discapacidad.

La mayoría de los cambios que se reflejan en la ley 8/2021, se dan en el Código Civil, dado que las modificaciones se encaminan a dotar de mayor importancia a los conceptos de voluntad, preferencias y capacidades de las personas con discapacidad, que esencialmente vienen regulados en el Código Civil.

Así se desplaza la idea de la “representación” de las personas con discapacidad, en virtud de la cual se instituía a una persona encargada de tutorizar a un sujeto que era “incapacitado” por decisión judicial, sustituyéndose por otros conceptos como el “acompañamiento”, “el consejo en la toma de decisiones”, “la delegación de actos de gran calado para la persona o su patrimonio”; eliminándose la figura legal de la incapacitación y de la tutela para personas con discapacidad. Como apunte, también se eliminan la patria potestad prorrogada y rehabilitada.

Sin embargo, el amplio crisol de situaciones y condiciones que influyen en la situación jurídica de las personas con discapacidad requiere de que exista, solo para ciertos casos en los que sea estrictamente necesario, la representación para la toma de decisiones o la realización de algún acto concreto, eso sí, de forma muy limitada.

La curatela como nuevo eje central para el apoyo de las personas con discapacidad.

Sin embargo, la institución de la curatela se ha venido a instaurar como una de las figuras con más importancia dentro del ámbito del apoyo de las personas con discapacidad, dado que, a diferencia de la tutela, su funcionamiento se basa en el acompañamiento de la persona con dependencia, el apoyo en la toma de decisiones, y la ayuda en el ejercicio de los derechos civiles, eliminando en mayor medida los actos representativos.

Todo esto va en consonancia con las nuevas políticas legislativas de otorgamiento de mayor autonomía y capacidad de decisión a las personas con discapacidad, obstando por el acompañamiento y no tanto por la representación o sustitución de la persona (siempre que sea posible).

El defensor judicial y su nuevo e importante papel en la nueva ley.  

Es preciso señalar en este punto que la figura del “pródigo” ha sido suprimida del articulado del Código Civil, dado que su regulación, que se encontraba separada de  las otras instituciones, se puede perfectamente incardinar en la nueva regulación.

Pero, el defensor judicial no queda vacío de sus funciones, así se recoge en la ley, en particular, para aquellas situaciones en que la figura de apoyo habitual no pueda intervenir o exista conflicto de intereses entre esta y la persona con discapacidad.

Reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y su incidencia en la ley procesal.  

Dentro de esta ley son dos ámbitos en los que esencialmente se han producido los cambios: la introducción del nuevo expediente de provisión de medidas judiciales, que será utilizado para fijar al curador o defensor judicial, y la modificación del procedimiento de rendición de cuentas, que deja de ser periódica para pasar a ser puntual, siempre que sea por solicitud de un interesado o de oficio por el juzgado cuando se vayan a producir operaciones complejas o se realicen gastos.  

Así, esto ha tenido su incidencia en la Ley de Enjuiciamiento Civil, incluyéndose distintas adaptaciones y ajustes en los procedimientos que afectan o en donde participen personas con discapacidad; se instaura la posibilidad de que la persona con discapacidad se valga de profesionales que le ayuden con este procedimiento.

En la Ley del Registro Civil se limitan los datos sobre medidas de apoyo, que quedan dentro de los sometidos al régimen de publicidad restringida para atender a los derechos fundamentales de intimidad y protección de los datos personales de la persona con discapacidad.

En la Ley Hipotecaria se elimina el libro de incapacitados y se modifican los preceptos relativos a la incapacitación.

El Código Penal, se modifica en materia de responsabilidad civil derivada de ilícitos penales la responsabilidad que puede recaer sobre quienes ejerzan el apoyo legal o de hecho.

Se adaptan a la nueva regulación con cambios simplificados también el Código de Comercio, la Ley del Notariado y la Ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad. En definitiva, la entrada en vigor de esta nueva Ley supone un revulsivo sin precedentes en la figura de la persona con discapacidad, sus derechos y libertades, convirtiendo su protección en una labor participada por la propia persona con discapacidad, y organizada a “la carta” en función de sus necesidades. 

En Advocare Abogados, ya estamos iniciando procesos en base a esta nueva regulación, a fin de salvaguardar las libertades de nuestros clientes con alguna discapacidad, solicitando la remoción de la desparecida figura del tutor o la adopción de medidas de apoyo en lugar de la antigua incapacitación.

Series de abogados

Series de abogados para aprender derecho fácil

Las series de abogados se han convertido en un elemento imprescindible del catálogo de series de cualquier plataforma digital -Netflix, Amazon, HBO…-   donde muchas personas están enganchadas a este tipo de series.

Son un género muy atractivo que nos hace soñar con desempeñar esta profesión. El sector de la abogacía suele tener un gran papel en las pantallas. Al público le gusta ver sus aventuras, por lo que las diferentes cadenas y plataformas siguen confiando en nuevas propuestas que giren a su alrededor. 
Si queremos pasar un buen rato aprendiendo derecho, no solo tenemos las series; también podemos encontrar películas, docuseries o documentales. Algunas de ellas pueden llegar a generar debate sobre diversos temas de índole legal. 

Te contamos cuáles son las mejores películas y series de abogados:

El inocente 

Mick Haller es un abogado defensor que no tiene despacho, sino que trabaja en la parte posterior de un coche Lincoln Continental con chófer, que lo lleva de un juzgado a otro de Los Ángeles, para defender a toda clase de criminales que tienen problemas con la ley.

Se pone en tela de juicio la ética de los abogados y la forma en la que llevan los casos. La duda invade al personaje principal y su manera de reaccionar, evolucionar y manejar la situación se vuelve lo más importante de la película.

Podemos observar en el recorrido de la película que se centran en el derecho procesal. 

The good wife 

Alicia Florrick,  abogada de profesión, es esposa de un popular político que cae en desgracia y termina en la cárcel. La vida de la protagonista toma un giro inesperado, y se ve derrumbada moralmente. 

Ella intenta rehacer su vida volviendo a ejercer la abogacía después de muchos años. Inicia sus actividades trabajando de prueba en un bufete, sin descuidar su vida familiar. 

Empezó como una serie de abogados con un buen reparto y fue evolucionando hasta convertirse en una de las mejores series que hubo en emisión durante muchos años.

Una serie bastante completa ya que abarca derecho civil, procesal y mercantil. 

Scandal 

Una compañía de gestión de crisis, liderada por la antigua directora de comunicaciones de la Casa Blanca (Kerry Washington), se encarga de resolver problemas de todo tipo en las altas esferas de Washington por encargo de sus clientes. 

La trama principal se convierte en la historia del escándalo más grande del momento, y de cómo logran afrontar la infidelidad del presidente de los Estados Unidos.

Una serie atractiva y sobre todo muy adictiva. No hay serie que ofrezca más giros y que ponga a sus protagonistas en situaciones más límites.

Extremadamente cruel, malvado y perverso 

Ted Bundy fue uno de los asesinos en serie más peligroso de los años 70 pero, además de asesino fue un secuestrador, violador, ladrón, necrófilo… Su novia, Elizabeth Kloepfer, se convirtió en una de sus más fieles defensoras, negándose a creer la verdad sobre él durante años.

El Mundo publicó una columna de Irene Villa donde hace referencia a «Extremadamente cruel, malvado y perverso».  La periodista desarrolla su punto de vista de la película enfocada a la actualidad.

Podemos ver claramente durante toda la película que se centra en el derecho penal, los actos cometidos por el actor Zac Efron no tienen perdón. 

Suits

Un joven ex-estudiante de derecho que se gana la vida haciendo exámenes por los demás gracias a su memoria fotográfica. Un día se ve envuelto en un lío de drogas y acaba conociendo a Harvey Specter, un abogado de alto ranking, que al ver su brillantez lo acaba contratando en su firma pese a ni siquiera tener título universitario.

Suits es una serie de abogados que empezó de forma modesta y sin ningún atractivo especial. Ha ido evolucionando y mejorando hasta convertirse en una de las series más elegidas por el público. 

Cómo defender a un asesino 

Esta serie se centra en la figura de Annalise Keating, una profesora de derecho penal de una prestigiosa universidad en Filadelfia. Sus alumnos están convencidos de que quieren seguir sus pasos y aplicar sus enseñanzas en el mundo jurídico. 

Al poco tiempo se ven  envueltos en un caso de asesinato que cambia por completo sus vidas. Se van desarrollando subtramas que se presentan en cada capítulo.

Podemos ver durante todas las temporadas que se centran únicamente en el derecho penal. 

American crime story 

Los casos más emblemáticos de crímenes en los Estados Unidos. La primera saga, basada en el libro de «The Run of His Life: The People V. O.J. Simpson», resume el caso de O.J. Simpson, famoso exjugador de fútbol americano, fue exculpado por un jurado popular de haber cometido un doble homicidio. 

Esta miniserie está contada desde la perspectiva de los abogados de Simpson. Cuentan las maniobras y estrategias legales utilizadas por las partes involucradas en un juicio histórico.

En el transcurso de los asesinatos podemos ver cómo se ejecuta todo mediante el derecho penal. 

Estas películas y series de abogados las puedes disfrutar en Netflix. Si eres un apasionado de la abogacía, ejerces en este sector, estudiante de derecho o simplemente disfrutas con este tipo de series ¡te las recomendamos!. 

Nosotros como abogados, disfrutamos viendo y descubriendo nuevas series y películas de abogados. Si tienes alguna recomendación que no hayamos tratado en este artículo, envíanosla por un tweet. 

¿Qué es el protocolo familiar?

El protocolo familiar es un mecanismo para otorgar seguridad a las relaciones entre la familia y la empresa.

Se trata de un documento contractual en el que los socios de una determinada empresa dejan registrados por escrito acuerdos consensuados que regulan las relaciones profesionales, económicas e incluso personales entre los miembros de una familia empresaria y la empresa de la cual es propietaria, además del funcionamiento interno de la misma.

Los instrumentos de toda empresa, como son los acuerdos estatutarios, pueden resultar insuficientes para una empresa familiar, pues en las empresas familiares se precisa regular otros aspectos que normalmente no son necesarios en empresas no familiares: 

  • Acceso y salida de familiares al gobierno de la empresa
  • Sucesión
  • Formación de los futuros directivos
  • Pactos intrafamiliares
  • Valores éticos
  • Fórmulas para resolución de conflictos
  • Relaciones económicas y profesionales entre los miembros de la familia y la empresa

El Diario Jurídico publicó una noticia que se denominaba “El protocolo familiar es el aliado perfecto de las empresas familiares”, , donde se explicaban las consecuencias que ha tenido la pandemia en este tipo de empresas, en las que ha aumentado el número de problemas legales. También se desvelan en el artículo los errores a evitar en el desarrollo de un protocolo familiar. 

Contenido del protocolo familiar 

Es bastante complicado establecer cuál sería el contenido estándar para el protocolo familiar, ya que el protocolo se configura de diferente manera dependiendo de cada familia empresaria y empresa familiar. Se toman en consideración las aspiraciones y circunstancias de la familia y de la empresa, de tal forma que los miembros del grupo familiar ( los socios de la empresa) puedan regular todos los asuntos sobre los que deseen pronunciarse, y fijar acuerdos sobre todo lo que estimen conveniente, sin necesidad de seguir las formalidades. 

La estructura más habitual, o el contenido mínimo que debería dotarse el protocolo familiar es el siguiente:

Introducción del protocolo familiar

Realizar consideraciones sobre el fundador, la familia, el origen de la empresa, los valores que el fundador o fundadores, el ámbito de sus actividades, donde nació…etc. 

Historia

Historia de la empresa y de la familia.  

Valores familiares

Los valores de la familia y los valores para la empresa.

La empresa

Descripción de la empresa o grupos de empresas, su misión y visión, y perspectivas de futuro sobre el diseño de la empresa familiar. 

Pactos Sociales o Estatutarios

Aquellos que pueden incorporarse a los estatutos sociales. 

Pactos para sociales o extraestatutarios

Los pactos para sociales son aquellos pactos que no es posible incorporar en los estatutos sociales, porque no serían inscribibles, pero que son convenientes de establecer para regular las relaciones entre la familia y la empresa, estableciéndose pactos en los que se regulen aspectos como los siguientes:

  • Normas que regulen las condiciones de incorporación de los miembros de familia en la empresa, cualificación exigible, funciones, retribución y control de su rendimiento.
  • Normas y criterios sobre la jubilación y/o salida de los gestores de la empresa.
  • Condiciones sobre las relaciones socio-sociedad (por ejemplo, préstamos)
  • Control de las sociedades patrimoniales de los socios
  • Directrices sobre régimen matrimoniales
  • Consecuencias de divorcio
  • Otros.

Órganos de Carácter Familiar

Establecer claramente los criterios de composición, organización y funcionamiento de los órganos familiares.

Si te encuentras en esta situación o necesitas asesoramiento sobre otra tema, somos especialistas en este mismo ámbito, cooperativas y herencias y sucesiones. Ponte en contacto con nosotros sin compromiso y te asesoramos de la mejor manera posible.  

La reducción de jornada laboral y sus consecuencias

Solicitar una reducción de jornada laboral es un derecho de todo trabajador, y puede solicitarse por nacimiento de un hijo y en otros supuestos. En España nos caracterizamos, desgraciadamente, por un desconocimiento endémico de nuestros derechos, como se ha demostrado durante esta pandemia de COVID. Por eso es importante saber en qué casos podemos solicitar esta reducción de jornada para asegurarnos de que nuestros derechos se cumplen y nadie se está aprovechando de nosotros.

Todo esto está muy bien pero, si estás aquí, es probable que sea porque te preguntas cómo va eso de la reducción de jornada laboral. No te preocupes, nosotros te resolvemos tus dudas, pero lo primero es lo primero ¿Cuándo puede solicitarse?

¿Cuándo puedo solicitar una reducción de jornada?

Es importante recordarlo: estos casos son independientes del tipo de contrato que tengas. La picaresca española es bien conocida en estos casos y difícil de evitar, pero recuerda mantenerte firme. La reducción de jornada es un derecho pensado para facilitar la conciliación, haciendo posible el mantener una vida privada y social sin tener que renunciar al trabajo. Es por ello que la reducción de jornada se contempla en todos estos supuestos:

Reducción de jornada laboral por nacimiento, acogida o adopción

Son cosas diferentes, pero el resultado es el mismo. Si debemos hacernos cargo de un recién nacido, sea cual sea su procedencia, tenemos derecho a solicitar una reducción en nuestra jornada de hasta media hora por lactancia. 

Nacimientos prematuros o enfermedad neonatal

Si nuestro hijo debe permanecer hospitalizado tras su nacimiento, sea cual sea el motivo, de nuevo tendremos derecho a una reducción de jornada de trabajo. En este caso de hasta dos horas, pero prorrogables en caso de ser progenitor único.

Tener a nuestro cargo un hijo menor de 12 años

En estos casos la reducción puede ser desde un octavo hasta la mitad de nuestra jornada. Esta es la reducción de jornada más típica, y la que seguramente hayas escuchado más veces y una de las más incumplidas. 

Tener a nuestro cargo a una persona discapacitada

Si somos los guardas legales de una persona con cualquier tipo de minusvalía, aunque no sea nuestro familiar, y esta no está trabajando tendremos derecho a beneficiarnos de esta medida de conciliación: podrá reducirse nuestra jornada en el mismo número proporcional en el que si tuviésemos un hijo menor de 12 años; esto es desde un octavo hasta la mitad de nuestra jornada puede reducirse por este supuesto.

Tener que cuidar a un familiar

De nuevo podremos reducir desde una octava parte hasta la mitad de nuestro horario laboral en caso de que tengamos que cuidar de un pariente, nuestro o de nuestro cónyuge, con una relación de consanguinidad de hasta segundo grado (Esto es: padres, abuelos, hijos, nietos o hermanos). Este supuesto contempla tanto enfermedades, como razones de edad o un accidente, siempre y cuando la persona en cuestión no se encuentre trabajando.

Reducción de jornada laboral por hospitalización continuada de un menor

Ya sea por cáncer o cualquier otra enfermedad que implique un “ingreso hospitalario de larga duración, así como cuidado directo, continuo y permanente” (Esto lo debe confirmar el Servicio Público de Salud u otro organismo administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente). Para este supuesto la ley prevé una reducción de, al menos, la mitad de la duración de nuestra jornada.

¿Qué significan todos estos números?

Todas estas reducciones, o la mayoría de ellas al menos, son acumulables unas con otras, y entendemos que esto es un lío tremendo. Cada caso es un mundo, y esta falta de homogeneidad la usan las empresas en sus beneficio. Según el instituto nacional de estadística el total de horas trabajadas en España a la semana se acerca a las 39 horas semanales. Un dato curioso teniendo en cuenta todos los supuestos que existen para una reducción de jornada, lo que sugiere un incumplimiento sistemático de esta medida. Si es tu caso, es importante recordar que solicitar tu reducción de jornada no es motivo de despido, pero entendemos que no es fácil saber qué hacer ante estos casos.

Si cumples con uno de estos requisitos debes avisar a tu empleador con 15 días de antelación mediante una carta de solicitud en la que expliques tus circunstancias concretas. Tú tienes la potestad de decidir cuánto exactamente quieres reducir de ella, siempre que se ajuste a los márgenes legales.

En Advocare Abogados nos comprometemos siempre a velar por tus intereses y asegurarnos de que la ley se cumpla siempre, evitando tratamientos injustos. Si no lo tienes claro, ¿por qué no consultarnos? ¡Asegúrate de que no te engañan!.